FINANCIACIÓN DE LA FORMACIÓN PARA EMPRESAS

¿COMO FINANCIAR LA FORMACIÓN CONTINUA DE LOS TRABAJADORES?

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 Si eres empresario debes saber que dispones de un crédito concedido y deducible de tus cotizaciones a la Seguridad Social para poder financiar la formación continua de tus trabajadores.   La institución que  gestiona esta formación es la Fundación Tripartita para la formación en el Empleo, una institución de carácter público estatal cuyo patronato está constituido por la Administración Pública, los Sindicatos y las Organizaciones Empresariales.

El crédito anual disponible por una empresa para la formación continua de sus trabajadores, que cotiza por la contingencia de formación profesional, se obtiene al aplicar el porcentaje de bonificación que se establezca en la Ley de Presupuestos Generales del Estado, sobre la cuantía ingresada por la empresa en concepto de cuota de formación profesional durante el año anterior. En el caso de no consumir el crédito antes del 31 de diciembre de cada año no podrás recuperar este dinero.

Actualmente dicho porcentaje de bonificación queda establecido de la siguiente forma en función del número de trabajadores de la empresa:

  • Empresas de 1 a 9 trabajadores: 100% de bonificación.
  • Empresas de 10 a 49 trabajadores: 75 % de bonificación.
  • Empresas de 50 a 249 trabajadores: 60% de bonificación.
  • Empresas de más de 249 trabajadores: 50% de bonifcación.

Con esta fórmula de bonificación se permite la financiación de las acciones formativas de las pequeñas empresas, mediante las aportaciones llevadas a cabo por medianas y grandes empresas.

Para las empresas de 1 a 5 trabajadores se garantiza un crédito mínimo anual disponible para la formación de sus empleados, según se establezca en la Ley de Presupuestos Generales del Estado, actualmente su cuantía asciende a 420 €.

Para los casos de empresas de nueva creación o bien la apertura de nuevos centros de trabajo, llevada cabo durante el correspondiente ejercicio presupuestario, en los casos que sean incorporados nuevos trabajadores en plantilla, se garantiza la disponibilidad del crédito de la siguiente forma:

Si eres empresario puedes bonificar la formación continua de tus trabajadores. pregunta en AMYCA 902929054

  • Apertura de nuevos centros de trabajo: al crédito inicial de la empresa se le sumara la cuantía obtenida tras multiplicar el número de trabajadores incorporados en el momento de apertura del nuevo centro, con la cuantía de bonificación media por trabajador establecida en la Ley de Presupuestos Generales del Estado. Actualmente esta cuantía asciende a 65 €.
  • Empresas de nueva creación: la cuantía obtenida tras multiplicar el número de trabajadores incorporados según el primer boletín de cotización a la Seguridad Social, y la cuantía de bonificación media por trabajador establecida en la Ley de Presupuestos Generales del Estado. Actualmente esta cuantía asciende a 65 €.

Siempre queda garantizado para las empresas de nueva creación, un crédito mínimo disponible para la formación de sus empleados según se establezca en la Ley de Presupuestos Generales del Estado, actualmente su cuantía asciende a 420 €.

En Amyca escuela de negocios realizamos la gestión de tramitación total de la formación continua de su empresa a través de la Fundación Tripartita sin coste suplementario, le calculamos la cuantía de créditos que dispone y le gestionamos todos los trámites. Y siempre ofreciéndole la mejor formación para sus empleados.

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  2. Formación gratis o, mejor dicho, deducible de la cuota a la Seguridad Social | El Secreto de las Pymes que crecen - 05. ene, 2012

    [...] a la seguridad social del mes siguiente a la conclusión de los cursos. Este sistema permite la formación continua de los trabajadores de  una forma fácil y adaptada a la empresa, sin necesidad de solicitar subvenciones ni realizar papeleos [...]